Por Carlos Franco Pacheco
“AGUA DERECHO HUMANO” recibió información de la ingeniero Norma Parra de DIGESA, dando cuenta que el proyecto de reglamento de calidad del agua para consumo humano se encuentra en el despacho ministerial de Hernan Garrido Lecca.El proyecto tiene como objeto la gestión de la calidad del agua para consumo humano, con la finalidad de garantizar su inocuidad, prevenir los riesgos sanitarios, así como proteger la salud de las personas.“AGUA DERECHO HUMANO” al leer la versión final del proyecto de reglamento fechada con 29 de mayo del 2008 se nota la relevancia del tema debido a que es de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica, publica o privada, dentro del territorio nacional, que tenga responsabilidad de acuerdo a ley o participe o intervenga en cualquier de las actividades de gestión, administración, operación, control o fiscalización del abastecimiento del agua para consumo
humano, desde la fuente hasta el consumo.
“AGUA DERECHO HUMANO” señala que el proyecto de reglamento de calidad del agua reconoce el derecho del consumidor a contar con un suministro de agua para consumo humano que cumpla con los requisitos establecidos
en el reglamento(art. 56.6) y a acceder a la información sobre calidad del agua en forma gratuita y oportuna (art. 56.7).
“AGUA DERECHO HUMANO” respalda los parámetros que contiene el proyecto de reglamento al precisar con claridad que toda agua destinada para el consumo humano debe estar exenta de bacterias coniformes totales,
termotolerantes y Escherichia coli, virus, huevos y larvas de helmintos, quistes y ooquistes de protozoarios patógenos, y organismos de vida libre, como algas, protozoarios, copépedos, rotiferos y nemátodos en todos
sus estadios evolutivos.
“AGUA DERECHO HUMANO” no comprende la dirección de la campaña “Cuida el agua ya!” que promueve RPP cuando el día 3 de setiembre durante la salida del programa radial entrevista a una funcionaria de Dirección General de Salud Ambiental-DIGESA que acotó el no consumo del agua de
caño debido a que el agua en forma natural recibe descargas de residuos solidos, mineras y de farmacos.
“AGUA DERECHO HUMANO” cuestiona severamente a la funcionaria de DIGESA que fue entrevistada por las ondas de Radio Programas del Perú-RPP el martes 3 de setiembre, al no abordar la importancia del proyecto de reglamento. En lugar de ello, sólo atino a señalar que se debe hervir el agua y que el agua clorada no es agua tratada.
“AGUA DERECHO HUMANO” solicita al Ministro Hernan Garrido Lecca que promulgue el reglamento para con ello garantizar la realización del derecho humano al agua.El Estado tiene el compromiso de garantizar el derecho humano al agua.
“AGUA DERECHO HUMANO” estima que la no promulgación del reglamento es un flaco favor a la calidad del agua para consumo humano, en circunstancias que los enfermedades gastrointestinales crecen alarmantemente en todo el país.
“AGUA DERECHO HUMANO” invoca a la campaña “Cuida el agua ya!” de RPP a promover una mesa radial para conocer la importancia del proyecto de reglamento de calidad del agua para consumo humano, e invoca al Foro Salud a emitir un pronunciamiento que facilite la promulgación de
la norma sobre calidad del agua.











Los prestadores de servicio de agua para consumo humano, no estan cumpliendo con con las normas sobre calidad de agua para consumo humano, ya que simplemente las poblaciones son dotadas de este servicio con agua entubada, lo que conlleva a la desnutrición cronica y aguda de los niños y por consiguiente las alatas tasas de desnutrición en nuestro pais, debe ser prioritario entregar a la población agua de buen acalidad, libre de patogenos y cumpliendo los parametros fisicoquimicos en sus limites maximos permisibles. El Agua es vida pero parece que muchas autoridades y empresas prestadoras de servicio de agua potable no lo entienden así. El reglamento motivo de mi comentario merece su aprobación inmediata y su puesta en practica.