Caso Andy. Diez años desaparecido

Lucas Jiménez.
Diario EL TIEMPO – Piura. 

Una profesora en La Arena, una madre piurana “tragada por la tierra” entre Piura y Tambogrande y un promedio de dos denuncias diarias presentadas ante la Policía  especializada por desaparición, en su mayoría de menores con problemas familiares. De todos los casos, la desaparición más larga y emblemática hasta ahora en Piura sigue siendo la de Andy Garcés Suárez, el joven castellano de 21 años, estudiante de la Escuela Tecnológica de la UNP, que diez años después de “hacerse nada” durante una operación policial, no ha vuelto. Su caso ya es materia de una denuncia contra el Estado Peruano.

-Es mi hijo ¿A dónde se lo llevan?

Puerta, calle angosta, Rosa, sus ojos. Esa mirada de furia contra los policías que –asegura- desaparecieron a su hijo, sigue allí. Inalterable, como la noche de abril en que todo cambió. Es medio día y la veo mirar la calle Cusco desde donde hace diez años y tres meses vio correr a los policías que –lleva una década afirmándolo- desaparecieron a su Andy. Desde ese mismo marco de la puerta, Cusco 210, a espaldas de la Municipalidad de Castilla, Rosa aspira hondo (“es que me siento mal al volver a hablar de esto”) y expulsa razones para no confiar. Cuando ves correr a un puñado de uniformados que luego te dicen tu hijo se ahogó huyendo del operativo policial, y en diez años no hay un solo detenido, aunque el cadáver de tu estudiante de Análisis de Sistemas no aparece nunca; cuando en lugar de una disculpa, el sistema judicial de tu país, te dice caso cerrado; cuando en una década “los abusos policiales y la inseguridad aumentan en lugar de disminuir”; cuando hay cinco muertos y 43 heridos en acciones policiales anti manifestaciones  en Sechura y Paita; cuando por un deficiente sistema de control de identidad otros uniformados detienen a un ayabaquino en Las Lomas y solo después que aparece muerto en un calabozo de Lima, se le dice a su familia no era el narco ayacuchano que creíamos que era; en fin, cuando la PNP encargada de proteger a los ciudadanos no explica con claridad cómo separa la paja del trigo, entonces, Rosa Margarita Suárez de Garcés, jala una silla extiende muchos papeles sellados y concluye: “aquí no hay justicia”. Y al fin acepta revelar lo que mantuvo oculto en los últimos cinco años:

-Hemos denunciado al Estado Peruano por la desaparición forzada de mi hijo-, dice y en una de las numerosas hojas con el logotipo de la Comisión, se lee “estimada Señora… en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (nos dirigimos…) para transmitirle la respuesta suministrada por el Estado, respecto al asunto”.

Y es que la instancia de justicia con sede en Washington DC no acaba de enterarse del caso. La denuncia fue presentada en enero del 2007. Rosa y su abogado Quique Rodríguez acudieron allí, después de haber pedido la nulidad de la sentencia de la Sala Penal de Piura que absolvió a subalternos y oficiales acusados. La respuesta de la Corte Suprema había sido no y, agotadas todas las instancias, denunciaron al Estado por “violación de la Convención Americana”. Entonces, dirigiéndose al secretario ejecutivo Santiago Cantón, le argumentaron que los “agentes estatales” vulneraron el Artículo 4.-1, esto es, el derecho a la vida de Andy, “quien se encuentra desaparecido desde el día del operativo policial y por el tiempo transcurrido, 56 meses (la denuncia tiene fecha 5 de enero 2007).

“Es una denuncia contra el Estado Peruano por desaparición forzada de Andy Garcés”, remarca Rodríguez, quien señala, que cinco años después de la denuncia, ya tienen una respuesta de la instancia internacional: “(En noviembre 2011) la comisión ha corrido traslado de nuestra denuncia al Estado representado por el Ministerio de Justicia que tiene un procurador encargado, quien el 5 de enero 2012 ha dado respuesta a nuestra denuncia”, expresa el abogado.

Señala que allí el defensor de los intereses del Estado dice que el proceso se ha llevado a cabo con toda regularidad, y que no hubo ninguna desaparición forzada y los agentes (policiales) no cometieron el delito imputado. 

-Es mi hijo, oye, qué pasa-, le gritó Rosa a uno de los policías que corrían detrás de su muchacho. Recuerda que en el intento de coger a Andy, uno de los uniformados se quedó con su casaca negra tipo jean en las manos. Pero inexplicablemente, cuando ella corrió de la Cusco hasta el río, en el malecón María Auxiliadora ya solo halló policías buscando y diciendo que el joven se arrojó al agua. A Rosa ese mismo Policía también le entregó el polo de su hijo. Después empezaría la odisea entre la Policía diciendo esta vez, en la calle y en los tribunales, que el muchacho no se habría ahogado, que estaba vivo y se escondía, todo para desacreditar la versión de un testigo que aseguraba vio a policías disparando contra el chico, pero esa noche la madre no soportó más y en su casa tuvieron que darle un calmante. El 19 de abril al despertar y no ver a su hijo –dice diez años después- le llevó a decir… me lo mataron.

LA RESPUESTA DEL PROCURADOR PÚBLICO
Especializado Supranacional (Luis Alberto Salgado Tantte)

No agotaron las instancias
“El estado peruano considera que los hechos expuestos por los peticionarios no caracterizan una vulneración a los derechos establecidos en la convención Americana (…). Los peticionarios tuvieron la oportunidad de ejercer su derecho de defensa y de cuestionar en la vía judicial la sentencia que absolvió a los inculpados por delito de desaparición forzada de Andy Williams Garcés Suárez. De esta forma tuvieron la oportunidad de presentar sus medios de defensa y de impugnar las decisiones judiciales en su momento, de conformidad con los principios y procedimientos establecidos regularmente por la legislación peruana”.

No hay vulneración
“El hecho de que los peticionarios no hayan obtenido un fallo condenatorio en dicho proceso penal, no implica la vulneración automática de sus derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, comprendidos en los artículos 8° y 25° de la referida Convención.

Declaren inadmisible
Se reitera a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que declare inadmisible la presente petición.

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